El diputado panista Mauricio Cárdenas Palacios intensifica el cabildeo para que la denominada Ley Antirepechaje sea dictaminada y aprobada por el Congreso de Querétaro antes del cierre de los plazos legales que permitirían su aplicación en el proceso electoral de 2027. La iniciativa, presentada en abril y turnada a la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales, busca prohibir que quienes contiendan por una Presidencia Municipal puedan acceder, en la misma elección, a una Regiduría de representación proporcional si no obtienen el triunfo. El debate toca uno de los mecanismos más cuestionados —y a la vez más defendidos— del sistema de representación en los Cabildos de México.
Qué es el repechaje y por qué genera controversia
En términos simples, lo que plantea esta “Ley Anti Repechaje” es cerrar una puerta que hoy permite lo siguiente: un candidato a Presidencia Municipal puede perder en las urnas (por mayoría), pero aun así entrar al Cabildo como Regidor vía lista plurinominal. Eso es legal dentro del sistema electoral de varios estados, pero genera críticas porque puede percibirse como una “segunda oportunidad” sin respaldo directo del voto ciudadano. La propuesta parte del principio fundamental de respetar el voto ciudadano como eje de toda representación política. “Hoy existe una figura que permite competir, perder y aun así llegar al cargo. Aunque es legal, no siempre es justo. La democracia debe ser clara: si no ganas el respaldo ciudadano, no representas”, afirmó el legislador.
Lo que propone la iniciativa: congruencia, no eliminación
La iniciativa no elimina la representación proporcional, sino que plantea reglas de congruencia para evitar el llamado “doble intento” en una misma elección, fortaleciendo así la legitimidad de quienes acceden al cargo de Presidente Municipal. Se prohibiría competir por alcaldía y al mismo tiempo “asegurar” una Regiduría plurinominal. Se mantendría la representación proporcional, pero sin mezclarla con candidaturas de mayoría en el mismo proceso. Se obligaría a los candidatos a definir claramente su vía de acceso al poder. El diputado Cárdenas Palacios aseguró que ya inició el cabildeo con distintas fuerzas políticas y que, pese a la controversia que ha generado la propuesta, legisladores de otras bancadas le han manifestado su respaldo durante reuniones de trabajo. Asimismo, asumió un compromiso público: no aparecer en la lista plurinominal como regidor en 2027 en caso de ser candidato a la alcaldía, como muestra de coherencia con su propia iniciativa.
El contrapunto: Chihuahua y Michoacán hicieron exactamente lo contrario
El debate sobre el repechaje no es exclusivo de Querétaro. La semana pasada, el Congreso de Chihuahua aprobó —en la misma reforma electoral que cubrió LGM el pasado 23 de junio— una disposición que va en dirección contraria: las y los candidatos a presidencias municipales podrán ocupar la primera regiduría de representación proporcional, de acuerdo con la nueva normativa estatal. Lo mismo ocurrió en Michoacá, el repechaje no solo se mantiene, sino que se institucionaliza como derecho de los candidatos perdedores a Presidencia. Esa contradicción entre dos estados que reformaron su legislación con días de diferencia ilustra que en México no existe un consenso sobre si el repechaje fortalece o debilita la representación en los Cabildos. Hay quienes argumentan que incluso candidatos que pierden pueden aportar en cabildos por su experiencia o respaldo parcial, mientras que los promotores de la Ley Antirepechaje sostienen que el cargo debe ser resultado exclusivo de la voluntad ciudadana expresada en las urnas.
El plazo: la ventana legislativa se cierra pronto
La iniciativa, presentada en abril, ya fue turnada a la Comisión de Gobernación, Administración Pública y Asuntos Electorales del Congreso local, por lo que ahora el objetivo es que sea dictaminada y aprobada antes del plazo para modificar la legislación electoral, a fin de que pueda aplicarse en los comicios de 2027. En la mayoría de los estados, ese plazo vence 90 días antes del inicio formal del proceso electoral, programado para el 1 de octubre de 2026, lo que significa que la ventana para aprobar la reforma se cierra en los primeros días de julio.
¿Qué significa para el Cabildo?
- El mecanismo del repechaje define quién integra el Cabildo y bajo qué legitimidad: un regidor que llegó al Cabildo porque su partido lo colocó en la lista plurinominal después de perder la alcaldía tiene un origen democrático distinto —no necesariamente menor— al de uno electo directamente; el Cabildo debe entender ese origen para evaluar los pesos políticos y los compromisos que cada integrante representa al momento de votar.
- Los Cabildos se integran con las reglas que los congresos estatales definan: la discusión de Querétaro y la decisión opuesta de Michoacán y Chihuahua muestran que la composición del Cabildo no es un dato fijo, sino el resultado de decisiones legislativas que los municipios pueden influir; los Ayuntamientos pueden solicitar formalmente al Congreso del Estado que los escuche antes de modificar las reglas de integración de sus Cabildos, como lo establece el propio Artículo 115 constitucional.
- El debate sobre el repechaje llega en el momento en que los partidos definen sus candidaturas para 2027: independientemente de lo que resuelvan los congresos, los partidos políticos tienen la facultad de establecer en sus propios estatutos si permiten o no que un candidato a presidencia municipal figure simultáneamente en la lista plurinominal; es una decisión interna que puede tomarse antes de que la ley lo prohíba o lo garantice.
Fuentes: Código Qro | Crónica Regional Querétaro | Expreso Querétaro | LXI Legislatura Querétaro | Diario.mx – Chihuahua





