Coahuila reduce sus Cabildos a 15 Regidores y elimina la figura del Síndico de fiscalización — los ahorros obtenidos deberán destinarse a obra pública

El Congreso de Coahuila se prepara para aprobar el dictamen de reforma constitucional que armoniza la legislación estatal con la reforma federal al Artículo 115, después de que 34 de los 38 municipios del estado lo respaldaron. La reforma contempla dos cambios que entrarán en vigor para el proceso electoral de 2027: la reducción de regidores a un máximo de 15 por Ayuntamiento, y la eliminación de la figura del Síndico de fiscalización. Los ahorros generados quedarán etiquetados por ley exclusivamente a obra pública, como un candado dentro del Código Electoral. Las disposiciones sobre no reelección y nepotismo que también forman parte del paquete no entrarán en vigor hasta 2030 — por lo que los alcaldes actuales de Coahuila sí podrán buscar la reelección en 2027. Es la entrega doce de LGM en el seguimiento a la Reforma Electoral 2026.

El proceso de aprobación: dos etapas y 34 municipios que ya dijeron sí

La diputada Guadalupe Oyervides Valdés, coordinadora de la Comisión de Gobernación del Congreso de Coahuila, explicó que la reforma constitucional estatal sigue un procedimiento de doble validación que es el estándar para las reformas constitucionales en los estados: primero, el Congreso aprueba el dictamen; después, el texto aprobado se envía a los 38 municipios para que emitan su postura. El dato relevante es que 34 de 38 municipios ya respaldaron la reforma antes de que el Congreso la vote — lo que convierte la aprobación legislativa en un trámite con resultado prácticamente definido. Los cuatro municipios que no han manifestado su respaldo no fueron identificados en la nota de El Siglo de Torreón.

El cambio más singular de la serie: la eliminación del Síndico de fiscalización

Coahuila introduce en la serie Reforma Electoral 2026 un elemento que ningún otro estado ha documentado hasta ahora: la desaparición de la figura del Síndico de fiscalización. En Coahuila, la estructura del Ayuntamiento contempla dos tipos de síndico — el Síndico procurador, que tiene atribuciones de representación legal y vigilancia patrimonial del municipio, y el Síndico de fiscalización, cuya función principal es la revisión y control del gasto público municipal. La reforma elimina la segunda figura, dejando solo la sindicatura procuradora. Ese cambio tiene una consecuencia institucional directa: el control interno del gasto municipal en Coahuila perderá uno de sus dos órganos de vigilancia interna. En un contexto nacional en el que LGM ha documentado múltiples casos donde la Sindicatura es la primera línea de detección de irregularidades — el caso de Tlaxcoapan, donde el Síndico denunció el pago de 6.85 millones por obra no ejecutada; el caso de San Luis Potosí, donde el Síndico encabezó la investigación del hackeo — la eliminación de una sindicatura especializada en fiscalización merece un análisis de impacto que la nota no realiza todavía.

Los candados que la reforma incorpora: ahorros etiquetados y las reglas de nepotismo diferidas

La reforma incluye dos mecanismos de transparencia sobre el destino de los recursos liberados. El primero es el más concreto: el ahorro generado por la reducción de regidores y la eliminación del síndico de fiscalización deberá destinarse exclusivamente a obra pública, disposición que quedará establecida como un candado dentro del Código Electoral del Estado — lo que significa que la legislatura no podrá cambiar ese destino sin modificar el propio Código. El segundo mecanismo es la Ley Antinepotismo y las disposiciones de no reelección, que forman parte del paquete pero con una fecha de entrada en vigor diferida a 2030. Esa diferencia de plazos tiene una consecuencia política concreta: los alcaldes que gobiernan actualmente Coahuila — incluyendo los de Torreón, Saltillo, Monclova y los municipios de la Comarca Lagunera — sí podrán buscar la reelección en 2027 sin que las nuevas reglas les sean aplicables.

¿Qué significa para el Cabildo?
  • La eliminación del síndico de fiscalización en Coahuila concentra el control interno del gasto en la sindicatura procuradora — lo que hace más crítico que esa figura ejerza sus atribuciones de vigilancia con plena independencia: cuando desaparece uno de los dos órganos de vigilancia interna del Ayuntamiento, el que permanece tiene una carga de responsabilidad mayor; el Cabildo de los municipios coahuilenses debe asegurarse de que la sindicatura procuradora cuente con los recursos humanos, la información y la autoridad institucional para asumir esa doble función.
  • El candado que etiqueta los ahorros a obra pública debe tener un mecanismo de verificación público: que el Código Electoral establezca el destino de los ahorros no garantiza por sí solo que esos recursos lleguen a la obra; el Cabildo puede acordar que el monto ahorrado quede identificado de manera explícita en el Presupuesto de Egresos de 2027 como una partida etiquetada con ese origen, de modo que ciudadanos y regidores puedan dar seguimiento a su ejercicio.
  • La diferencia de plazos entre los distintos elementos de la reforma — 2027 para la reducción de Cabildos y 2030 para el antinepotismo — crea una ventana de tres años en la que los municipios de Coahuila operarán con Cabildos más pequeños pero sin las restricciones de nepotismo que la misma reforma contempla: ese período puede aprovecharse para que los propios Ayuntamientos adopten, mediante acuerdo de Cabildo, políticas internas de prevención de nepotismo antes de que la norma sea obligatoria.

Fuentes: El Siglo de Torreón