Cámara de Diputados aprobó la Ley General Catastral y Registral — la norma que cambiará la forma en que 2,400 municipios gestionan el catastro y cobran el predial

La Cámara de Diputados aprobó en la madrugada del 7 de octubre la Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral — iniciativa de la presidenta Claudia Sheinbaum presentada el 8 de septiembre — con 299 votos a favor de la mayoría de Morena, PT y PVEM, y 92 en contra de PAN, PRI y MC. El dictamen establece las bases de coordinación entre la Federación, los estados y los municipios para modernizar, homologar y digitalizar los catastros y registros públicos de la propiedad de todo el país. El texto fue enviado al Senado para la continuación de su trámite legislativo. Los dos debates que marcaron la sesión: si la ley implica un aumento indirecto del predial al actualizar los valores catastrales, y si el modelo de plataformas nacionales administradas por la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) viola la autonomía municipal. El presidente de la Comisión reconoció que no hubo una consulta formal a estados y municipios antes de la aprobación.

Qué establece la ley: cinco instrumentos que cambiarán la gestión catastral municipal

La nueva norma establece cinco instrumentos concretos que los municipios deberán implementar. El primero es la Clave Única Catastral — un identificador permanente para cada predio o unidad inmobiliaria en el país, equivalente a una CURP para los inmuebles — que permitirá identificar cada predio de manera inequívoca y vincularlo con el folio real del Registro Público de la Propiedad. El segundo es la Cédula Única Catastral y Registral, que vinculará la información del catastro municipal con el Registro Público. El tercero es la Plataforma Nacional Catastral — desarrollada, habilitada y administrada por la ATDT — que homologará los trámites catastrales de todos los municipios del país mediante estándares comunes e interoperabilidad. El cuarto es la Plataforma Nacional de Registros Públicos de la Propiedad. El quinto es el Plan Nacional Catastral, un instrumento de coordinación para desarrollar y fortalecer los catastros municipales, homologar procesos y requisitos y mantener actualizada la información catastral de manera permanente. Las autoridades catastrales y registrales deberán implementar los modelos de homologación a más tardar el 31 de diciembre de 2026, para que entren en operación el 1 de enero de 2027.

El debate central: ¿predialazo inevitable o modernización necesaria?

El punto más controvertido del debate fue el impacto indirecto de la ley en el impuesto predial. La oposición sostuvo que aunque la ley no crea un nuevo impuesto ni modifica la tasa del predial, sí amplía la base gravable de dos maneras: incorporando al padrón los predios que actualmente no están registrados — lo que hace pagar predial a propietarios que hoy no lo hacen — y actualizando los valores catastrales de los inmuebles existentes para acercarlos al valor comercial real — lo que hace pagar más a quienes ya lo pagan, incluso sin cambiar la tasa. El priísta Arturo Yáñez lo argumentó con precisión: “El predial se calcula como referencia, entre otras cosas, con el valor catastral de tu propiedad. Díganle a las familias mexicanas que con esta ley pagarán más.” Los diputados de Morena y el PT rechazaron esa interpretación: “Díganme dónde dice que se aumenta la base gravable. No lo dice, porque no existe ese artículo. Que un catastro tenga información más precisa no significa que automáticamente aumente el impuesto.” El secretario de Hacienda, Édgar Amador Zamora, respaldó la posición de la mayoría: la plataforma salvaguardará “la titularidad de los ingresos por catastro de los municipios del país.”

El debate sobre autonomía municipal: coordinación vs. centralización

El segundo debate fue igualmente intenso. La diputada panista Nancy Olguín señaló que la ley “no respeta la autonomía municipal y además obliga a los municipios sin recursos a adoptar forzosamente la plataforma nacional.” La diputada priísta afirmó que la norma convierte al municipio en “una oficialía de partes del Gobierno Federal.” La diputada de MC Irais Reyes lo calificó como “una reforma centralista que pone en riesgo la certeza jurídica y la autonomía de los territorios.” Los promotores de la ley respondieron que la ATDT diseñará las plataformas pero la gestión y el uso de la información seguirán bajo competencia de estados y municipios: “Lo que se plantea es coordinación, no centralización.” El dato que la oposición subrayó como más grave: estados y municipios deberán implementar las nuevas disposiciones con sus propios presupuestos antes del 31 de diciembre, mientras que la Federación ejecutará con los recursos ya autorizados a la Sedatu y a la ATDT. La PAN y el PRI presentaron mociones suspensivas para que se escuchara a estados y municipios antes de la votación — el presidente de la Comisión, Ricardo Mejía del PT, reconoció que no hubo consulta formal y argumentó que la ley se había pospuesto desde 2013.

El plazo que pone en aprietos a los municipios: 85 días para implementar

El plazo del 31 de diciembre de 2026 es el elemento de mayor impacto operativo para los municipios. Desde la aprobación hoy hasta esa fecha hay aproximadamente 85 días — en los que el Senado debe aprobar la ley, el Ejecutivo debe promulgarla y publicarla en el DOF, la ATDT debe desarrollar y habilitar las plataformas, y los municipios deben implementar los modelos de homologación. Ese plazo es extraordinariamente corto para municipios con sistemas catastrales obsoletos, equipos técnicos reducidos y presupuestos limitados. La ley prevé consecuencias por incumplimiento en términos de las leyes de responsabilidades administrativas — lo que significa que los funcionarios municipales que no cumplan con los plazos podrían enfrentar responsabilidades administrativas.

¿Qué significa para el Cabildo?
  • La Ley General Catastral y Registral es la norma de mayor impacto en las finanzas municipales aprobada en lo que va del sexenio de Sheinbaum — y los municipios tienen hasta el 31 de diciembre para implementar sus disposiciones: el Cabildo debe convocar de manera urgente a las direcciones de Catastro, Tesorería y Desarrollo Urbano para conocer el estado actual del sistema catastral del municipio, qué brechas existen respecto a los estándares que la nueva ley establece, y qué recursos se necesitan para cumplir con el plazo; ese diagnóstico es la base para cualquier decisión presupuestal de emergencia que el Cabildo deba tomar antes del cierre del año.
  • El predial no subirá por decreto de esta ley — pero sí puede subir como consecuencia de la actualización de los valores catastrales que la misma ley impulsa: los municipios que tienen sus valores catastrales muy por debajo del valor comercial real de los inmuebles — que son la mayoría en México — verán cómo la base gravable del predial crece cuando esos valores se actualicen; el Cabildo debe analizar ese impacto con anticipación y decidir si aplica la actualización de manera gradual para reducir el impacto sobre los contribuyentes, usando las atribuciones que la ley de ingresos y el código hacendario local ya les otorgan.
  • La ausencia de consulta formal a estados y municipios antes de la aprobación es una señal de que el Senado es la ventana para que los gobiernos locales expresen su postura: el texto debe ser aprobado por el Senado antes de entrar en vigor; las asociaciones de municipios — FENAMM, AMMAC, Conferencia Nacional de Municipios — pueden presentar ante el Senado sus observaciones sobre los plazos, la distribución de costos de implementación y las disposiciones que consideran invasivas de la autonomía municipal; el Cabildo puede acordar un punto de acuerdo dirigido al Senado para sumarse a esas observaciones.

Fuentes: La Jornada | Milenio – Votación final | Expansión – Hacienda defiende la ley | El Diario de Chihuahua – Sin consulta a municipios | Capital México – Postura PAN sobre autonomía | La Verdad – Plazo 31 de diciembre | Facturando – Análisis técnico