El Gobierno Municipal de Charo, Michoacán, inauguró el martes 6 de octubre el nuevo Juzgado Cívico instalado en las instalaciones de la Comandancia Municipal, con la designación de dos jueces cívicos: Omar Lachino Hernández como juez cívico primero y Daniel de Jesús Mejía Camacho como juez cívico segundo. El acto contó con la presencia del Presidente Municipal, la presidenta del DIF Municipal, integrantes del Cabildo, funcionarios del Ayuntamiento y elementos de corporaciones de seguridad. La inauguración de Charo se suma a las de Sahuayo —que inauguró su Dirección de Justicia Cívica en marzo de 2026— y a la transformación que Morelia anunció para 2026, convirtiendo sus 10 Juzgados Cívicos en Corte Municipal con competencia fiscal y administrativa ampliada. Sin embargo, el panorama en Michoacán sigue siendo heterogéneo: el Decreto 112 del Congreso del Estado estableció la obligación de que todos los Ayuntamientos expidieran su Reglamento de Justicia Cívica Municipal en un plazo de 180 días naturales, y no todos los municipios han cumplido con ese mandato.
Qué es el Juzgado Cívico y por qué importa su instalación en los municipios
El Juzgado Cívico es la instancia municipal de justicia de proximidad encargada de conocer y resolver las infracciones administrativas establecidas en los bandos municipales y reglamentos locales — desde el ruido excesivo y la ocupación indebida de la vía pública hasta las riñas, el alcoholismo en la vía pública y las faltas contra la convivencia vecinal. A diferencia de los juzgados del Poder Judicial estatal, el Juzgado Cívico es una instancia del propio Ayuntamiento, con autonomía técnica y operativa, adscrita a la Secretaría del Ayuntamiento. Sus funciones no se limitan a la sanción: el Reglamento de Justicia Cívica de Michoacán contempla mecanismos de conciliación y mediación que permiten resolver conflictos vecinales sin necesidad de multas ni arresto. Cuando el Juzgado Cívico funciona bien, el Ayuntamiento tiene una herramienta para resolver decenas de conflictos cotidianos que de otra manera escalan hacia la Fiscalía, los juzgados estatales o simplemente quedan sin atención. Cuando no existe — como ocurre en la mayoría de los municipios pequeños — el Ayuntamiento no tiene forma institucional de responder a esos conflictos.
El Decreto 112: la obligación que no todos los municipios han cumplido
El Decreto 112 del Congreso del Estado de Michoacán estableció un plazo de 180 días naturales para que todos los Ayuntamientos expidieran su Reglamento de Justicia Cívica Municipal y realizaran las adecuaciones normativas en sus bandos municipales. Ese plazo ya venció — y aunque municipios como Ario de Rosales, Charo y Sahuayo han avanzado, no existe a la fecha de hoy un censo público de cuántos de los 112 Ayuntamientos michoacanos han cumplido con la expedición del reglamento y la instalación operativa del Juzgado Cívico. LGM no puede afirmar cuántos municipios han incumplido el plazo sin ese dato verificado, pero los antecedentes de cumplimiento de otros decretos similares en Michoacán sugieren que el avance es heterogéneo.
El caso de Morelia: de Juzgado Cívico a Corte Municipal
El caso más avanzado en Michoacán es el de Morelia, que en diciembre de 2025 anunció la transformación de sus 10 Juzgados Cívicos en una Corte Municipal con competencia ampliada: además de las faltas administrativas tradicionales, la nueva Corte tendría atribuciones en materia fiscal y de orden urbano. El secretario del Ayuntamiento, Yankel Benítez Silva — el mismo funcionario que protagonizó la nota del programa “Ordena tu Talacha” que LGM documentó el 24 de septiembre — anunció que los 10 jueces cívicos recibirían capacitación en materia fiscal, administrativa y de orden urbano. Esa ampliación de competencias convierte a la Corte Municipal de Morelia en la instancia de justicia de proximidad más completa del estado — y en un referente para los municipios que apenas están instalando sus primeros juzgados cívicos.
El contraste que Charo ilustra: municipio pequeño, cumplimiento concreto
Charo es un municipio pequeño — con una población aproximada de 25 mil habitantes — que con su inauguración del 6 de octubre demuestra que la instalación de un Juzgado Cívico no requiere el presupuesto de una ciudad grande. Dos jueces designados, un espacio en la Comandancia Municipal y la voluntad política del Cabildo son los ingredientes mínimos para arrancar. Sahuayo, con 90 mil habitantes, inauguró su instancia en marzo. Morelia, con 850 mil, ya tiene 10 jueces y avanza hacia la Corte Municipal. Charo, con 25 mil, inaugura su primer juzgado en octubre. El tamaño del municipio no es el determinante — la decisión del Cabildo lo es.
¿Qué significa para el Cabildo?
- El Juzgado Cívico es la herramienta institucional más directa que tiene el Ayuntamiento para resolver conflictos cotidianos sin acudir a instancias ajenas al municipio: cuando el Cabildo no tiene un Juzgado Cívico operativo, cada queja vecinal por ruido, cada disputa de colindancia o cada falta administrativa en la vía pública queda sin respuesta institucional — o se convierte en un expediente de la Fiscalía para el que el municipio no tiene ni capacidad ni interés; el Juzgado Cívico resuelve ese vacío con recursos propios del Ayuntamiento.
- El Decreto 112 estableció un plazo que ya venció — los Cabildos que no han expedido su Reglamento de Justicia Cívica Municipal están en incumplimiento de una obligación legal: el Cabildo puede acordar en la próxima sesión ordinaria la elaboración y aprobación del reglamento, designar a los jueces cívicos y aprobar el presupuesto mínimo para su operación; ese proceso no requiere recursos extraordinarios — requiere un espacio físico en la Comandancia, dos jueces designados y un reglamento aprobado.
- La Corte Municipal de Morelia — con competencia fiscal y administrativa ampliada — es el horizonte al que los Juzgados Cívicos michoacanos pueden evolucionar: cuando el Juzgado Cívico resuelve no solo faltas administrativas sino también infracciones fiscales y de orden urbano, el Ayuntamiento tiene una instancia propia para cobrar adeudos, resolver infracciones de construcción y aplicar sus reglamentos sin depender de los juzgados del Poder Judicial; ese modelo requiere capacitación especializada de los jueces, pero está al alcance de cualquier municipio que decida invertir en él.
Fuentes: La Voz de Michoacán – Charo | Quadratín Michoacán – Sahuayo | El Congresista – Corte Municipal Morelia | Ario de Rosales – Reglamento de Justicia Cívica





