Daniel Méndez Sosa, Presidente Municipal de Salina Cruz, Oaxaca, fue vinculado a proceso penal por la probable comisión del delito de violencia política contra las mujeres en razón de género, en perjuicio de Yesenia Nolasco Ramírez — quien compitió contra él en el proceso electoral de 2023-2024 y actualmente se desempeña como secretaria de Movilidad del gobierno de Oaxaca. La Fiscalía General del Estado señala que Méndez Sosa habría realizado pagos a medios de comunicación para difundir mensajes que cuestionaban la capacidad de Nolasco para gobernar el municipio y enfatizaban de manera reiterada que no era originaria de Salina Cruz. La jueza de control dictó vinculación a proceso con medidas cautelares distintas a prisión — el alcalde permanece en libertad. El caso tiene una dimensión política singular: Méndez Sosa fue alcalde de Morena en su primer periodo, el partido lo descartó para la reelección y eligió a Nolasco, él se fue al Partido del Trabajo y ganó con más de 20 mil votos — y ahora enfrenta un proceso penal por su conducta contra la candidata que lo desplazó.
La conducta denunciada: medios pagados para cuestionar el origen y la capacidad de la candidata
De acuerdo con las investigaciones de la FGEO, la campaña de desacreditación atribuida al alcalde operó mediante dos líneas de ataque. La primera fue el cuestionamiento de la capacidad de Nolasco para gobernar — mensajes que ponían en duda su preparación y experiencia para ocupar la presidencia municipal. La segunda fue la insistencia reiterada en que Nolasco no era originaria de Salina Cruz — un argumento que la propia candidata denunció en su momento: “Nunca a mi trabajo, siempre fue de manera directa hacia mi condición de mujer.” Esa declaración, hecha en abril de 2024 en conferencia de prensa junto al entonces presidente estatal de Morena, Benjamín Viveros, fue acompañada de la denuncia formal ante la FGEO contra tres hombres por violencia política en razón de género, incluyendo al entonces alcalde Méndez y a su asesor José Alfredo Jiménez. La Fiscalía tardó más de dos años en llevar el caso a la vinculación a proceso.
Por qué este caso es distinto: VPMG en el contexto electoral, no en el Cabildo
La mayoría de los casos de VPMG que LGM ha documentado en 2026 ocurren dentro del Cabildo: secretarios de dependencias que agreden a regidoras, alcaldesas retenidas y obligadas a firmar renuncias, presidentes municipales que bloquean el ejercicio del cargo de sus síndicas. El caso de Salina Cruz es de una naturaleza distinta: la violencia política ocurrió durante un proceso electoral, de un candidato contra su contrincante directa, mediante una herramienta que no tiene antecedentes documentados en nuestra cobertura — el presunto pago de medios de comunicación para difundir mensajes de desacreditación dirigidos específicamente al género de la víctima. Esa modalidad — usar recursos para contaminar el ecosistema mediático con narrativas de género — es uno de los mecanismos más difíciles de probar judicialmente, precisamente porque se presenta como cobertura periodística ordinaria, no como una agresión directa.
El historial del alcalde: revocación intentada por muertes bajo custodia
Este no es el primer conflicto institucional grave que enfrenta Daniel Méndez Sosa en su segundo periodo. En septiembre de 2025, Morena presentó ante el Congreso de Oaxaca una solicitud de revocación de mandato contra el alcalde, atribuyéndole responsabilidad directa por la muerte de dos mujeres bajo custodia de la policía municipal de Salina Cruz: Abigail Hay, detenida en 2022 a petición de su expareja y encontrada muerta en los separos, y Andrea “N”, detenida en septiembre de 2025 por una falta administrativa y también encontrada sin vida. El punto de acuerdo de Morena argumentó violaciones graves y reiteradas a derechos fundamentales — vida, integridad, protección contra detenciones arbitrarias — e imputó al alcalde responsabilidad por la ausencia de protocolos de resguardo para personas detenidas. El Congreso de Oaxaca no había resuelto esa solicitud al momento de la vinculación a proceso del 28 de septiembre.
¿Qué significa para el Cabildo?
- La violencia política contra las mujeres en razón de género puede ocurrir antes, durante y después de un proceso electoral — no solo dentro del Cabildo: el caso de Salina Cruz documenta que la VPMG puede ejercerse contra una candidata durante la campaña, mediante herramientas mediáticas que cuestionan su género en lugar de sus propuestas; esa modalidad puede denunciarse ante la Fiscalía y puede derivar en vinculación a proceso independientemente de que la víctima haya perdido o ganado la elección.
- El presunto pago de medios para difundir mensajes de desacreditación basados en el género de la candidata es una modalidad de VPMG que la Fiscalía puede investigar con seguimiento de flujos financieros: cuando los mensajes de descalificación de una candidata se concentran en su condición de mujer, su origen o su identidad en lugar de su programa de gobierno, ese patrón puede ser evidencia de una campaña organizada con recursos que la Fiscalía puede trazar; las candidatas que enfrenten ese tipo de campaña deben documentar los mensajes, identificar los medios que los difundieron y presentar la denuncia ante la FGEO o el OPLE correspondiente.
- La vinculación a proceso de un alcalde en funciones por hechos ocurridos antes de su toma de posesión ilustra que la prescripción de la VPMG electoral es larga: los hechos denunciados por Nolasco ocurrieron en 2024; la vinculación a proceso llegó en septiembre de 2026, más de dos años después; eso significa que las víctimas de VPMG durante procesos electorales tienen un margen temporal amplio para documentar y presentar su denuncia — incluso si el agresor ya asumió un cargo público.
Fuentes: Infobae





