Tribunal Electoral acredita violencia política grave en Apatzingán: el secretario de Obras Públicas jaló y lesionó a una Regidora que cuestionó en sesión 16 millones de pesos

El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEMich) resolvió el 23 de septiembre por unanimidad en el expediente TEEM-PES-VPMG-007/2026 que Rogelio Saúl Reyes Peralta, secretario de Obras Públicas del Ayuntamiento de Apatzingán, cometió violencia política contra las mujeres en razón de género de tipo verbal, físico y psicológico en perjuicio de la regidora María del Carmen Zepeda Ontiveros — adulta mayor y militante del mismo partido que el agresor, Morena — durante la sesión de Cabildo del 28 de enero de 2026, cuando ella cuestionó el destino de 16 millones de pesos. El Tribunal calificó la conducta como misógina y machista, dirigida a minimizar y lastimar a la regidora por ejercer su cargo y cuestionar el manejo de recursos públicos. La falta fue calificada como grave especial. El Cabildo deberá imponer la sanción correspondiente, mientras Reyes Peralta tendrá que ofrecer una disculpa pública, acreditar un curso sobre violencia de género y permanecer 20 meses en los registros estatal y nacional de personas sancionadas.

Los hechos del 28 de enero: una pregunta sobre 16 millones de pesos derivó en agresión física

La sesión de Cabildo del 28 de enero de 2026 en Apatzingán debía ser un espacio de deliberación ordinaria. La regidora María del Carmen Zepeda Ontiveros ejerció su atribución más básica: cuestionar el destino de 16 millones de pesos que la administración municipal gestionaba a través de la Secretaría de Obras Públicas. Esa pregunta — el ejercicio exacto para el que existe la figura del regidor — fue respondida por el secretario Rogelio Saúl Reyes Peralta con una agresión física: la jaló, la sujetó por la nuca y la lesionó. Los certificados médicos presentados ante el TEEMich documentaron con precisión las consecuencias: torceduras de articulaciones y ligamentos, contusiones en músculos torácicos, esguinces cervical y dorsal. El dictamen psicológico confirmó afectaciones emocionales. La magistrada ponente Alma Rosa Bahena Villalobos señaló que las pruebas acreditaron plenamente las agresiones denunciadas.

La calificación del Tribunal: misoginia, machismo y falta grave especial

El TEEMich no se limitó a describir los hechos — los calificó con una precisión conceptual que tiene consecuencias jurídicas concretas. La conducta de Reyes Peralta fue calificada como misógina y machista porque estuvo dirigida específicamente a minimizar y lastimar a la regidora por ejercer su cargo y por cuestionar el manejo de recursos públicos — es decir, la violencia no fue un conflicto personal entre dos personas sino una respuesta a la función institucional que la regidora estaba desempeñando. Esa distinción es la que convierte el episodio en VPMG y no en una agresión ordinaria: el género de la víctima y el ejercicio de su cargo como mujer regidora son elementos constitutivos de la conducta, no circunstancias accidentales. La calificación de falta grave especial — el nivel más alto en la tipología de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales — determina tanto las sanciones como los efectos en el Registro Nacional.

Las sanciones: 20 meses en el Registro, disculpa pública y el Cabildo como ejecutor

Las sanciones que el TEEMich impuso tienen tres componentes. El primero — y el de mayor impacto institucional — es la inscripción de Rogelio Saúl Reyes Peralta durante 20 meses en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género y en el registro estatal equivalente, lo que impedirá que ocupe cualquier cargo de elección popular durante ese período. El segundo es la obligación de ofrecer una disculpa pública a la regidora Zepeda Ontiveros. El tercero es acreditar un curso de capacitación en materia de violencia de género impartido por una institución pública o privada, cubriendo personalmente los costos. El Tribunal precisó además que el Cabildo de Apatzingán deberá imponer la sanción correspondiente a Reyes Peralta en su calidad de funcionario municipal — lo que convierte al pleno del Cabildo en el ejecutor de parte de la sentencia del TEEMich.

El dato que no puede ignorarse: los dos son del mismo partido

Rogelio Saúl Reyes Peralta es secretario de Obras Públicas del Ayuntamiento de Apatzingán, emanado de Morena. María del Carmen Zepeda Ontiveros es regidora también de Morena. El agresor y la víctima pertenecen al mismo partido político y al mismo Cabildo. Ese dato confirma lo que LGM ha documentado a lo largo de 2026 con los casos de Indaparapeo, Santiago Choápam, Cardonal y Huichapan: la VPMG no es un fenómeno de oposición política — es una conducta que puede ejercerse desde el propio partido gobernante contra sus integrantes cuando estas cuestionan el manejo del poder o de los recursos.

¿Qué significa para el Cabildo?
  • El secretario de Obras Públicas no tiene ninguna facultad para agredir, intimidar o silenciar a un integrante del Cabildo durante una sesión: los funcionarios de la administración municipal que asisten a las sesiones de Cabildo — ya sea para presentar informes, responder preguntas o entregar documentación — asisten en calidad de servidores públicos subordinados al Cabildo como órgano de gobierno; cualquier conducta de su parte que limite, interrumpa o agreda a un integrante del Cabildo en el ejercicio de sus funciones puede configurar VPMG y será sancionada por el TEEMich.
  • El Cabildo tiene la obligación de imponer la sanción correspondiente al secretario de Obras Públicas de Apatzingán conforme a la sentencia del TEEMich — esa obligación no es discrecional: la sentencia TEEM-PES-VPMG-007/2026 vincula expresamente al Cabildo de Apatzingán como ejecutor de la parte de la sanción que corresponde al ámbito administrativo municipal; el incumplimiento de esa sentencia puede derivar en medidas de apremio adicionales del TEEMich contra los integrantes del Cabildo que omitan ejecutarla.
  • Cuestionar el destino de los recursos públicos durante una sesión de Cabildo es la función más importante de un regidor — y el TEEMich acaba de confirmar que hacerlo no puede generar represalias de ningún tipo: la regidora Zepeda Ontiveros estaba ejerciendo exactamente lo que la Ley Orgánica Municipal de Michoacán le atribuye cuando preguntó por los 16 millones de pesos; la respuesta violenta del funcionario fue sancionada como grave especial; ese precedente del TEEMich protege a cualquier regidor o regidora del estado que enfrente presiones para no cuestionar el gasto municipal.

Fuentes: Quadratín Michoacán | NSíntesis | El Congresista | Noticias con Víctor Villicaña