Un Regidor del Ayuntamiento de Ahome, Sinaloa, fue formalmente vinculado a proceso el lunes 25 de mayo por el delito de violencia familiar. El juez de control determinó que existen elementos suficientes para iniciar el proceso judicial bajo la causa penal 445/26, impuso medidas cautelares por un mes y le prohibió abandonar el estado de Sinaloa. Los familiares de la víctima exigen su separación inmediata del cargo. El Alcalde Antonio Menéndez se limitó a señalar que esperará la notificación formal de la Fiscalía.
De acuerdo con datos proporcionados por la Fiscalía General del Estado, en junio de 2025 la entonces pareja sentimental del Regidor, Valeria, lo denunció por violencia física y psicológica durante los cinco años que estuvieron casados. La vinculación a proceso se formalizó el 25 de mayo de 2026 en la Sede Regional de Justicia Penal Acusatoria y Oral Zona Norte, tras dos diferimientos previos que generaron inconformidad entre los familiares de la denunciante.
Como parte de la resolución, el juez impuso medidas cautelares vigentes por un mes —tiempo estipulado para la investigación complementaria—, que incluyen la prohibición estricta de abandonar el estado de Sinaloa y de acercarse a los mismos lugares que la víctima. El juez advirtió que el incumplimiento de cualquiera de estas restricciones podría derivar en prisión preventiva. El Regidor José Trinidad enfrenta el proceso en libertad y se negó a declarar ante la prensa al ingresar a la sala de audiencias.
El Alcalde de Ahome, Antonio Menéndez, se pronunció sobre el caso con cautela: “Que se aclaren las cosas, que se hagan las cosas que diga la Fiscalía y en ese sentido no tengo mayor información.” El mandatario indicó que hasta el momento no ha recibido notificación oficial sobre algún procedimiento relacionado con el Regidor, por lo que dijo mantenerse a la espera de información por parte de las autoridades. Asimismo, confirmó que el Regidor no estuvo presente en la sesión solemne de Cabildo celebrada ese día en el Ejido Mochis.
La activista feminista Dignora Valdez señaló que los servidores públicos que se encuentren bajo algún proceso jurídico deberían ser retirados de sus cargos hasta que se compruebe su inocencia o culpabilidad: “La verdad es una verdadera vergüenza que, en los tiempos en que vivimos y con todos los supuestos filtros que se les hacen a los servidores públicos para representar a la ciudadanía, todavía estemos” en estas situaciones. La familia de la denunciante exige la inmediata destitución del Regidor de Morena.
¿Qué significa para el Cabildo?
- La vinculación a proceso no implica separación automática del cargo: La postura del Alcalde de Ahome —esperar a que la Fiscalía notifique— ilustra un patrón. Lo que ocurra después de una vinculación a proceso depende del delito, de la medida cautelar que dicte el juez y del marco jurídico estatal. En este caso, el juez no impuso separación del cargo sino restricciones de movilidad. Eso no impide que el Cabildo actúe: puede solicitar licencia voluntaria al Regidor procesado, emitir un pronunciamiento institucional o solicitar al Congreso del Estado que asuma una postura al respecto.
- Tres casos recientes muestran el abanico de consecuencias posibles: En San Pedro Cholula, Puebla, el Síndico Iván Cuautle Minutti fue vinculado a proceso por falsedad de declaraciones en septiembre de 2025 y el juez ordenó su separación inmediata del cargo como medida cautelar; el Cabildo designó sustituto en 48 horas. En Chavinda, Michoacán, la Síndica y dos Regidores fueron detenidos en marzo de 2026 con armas, cocaína y un parche del CJNG; el juez dictó prisión preventiva y activó dos mecanismos distintos de sustitución: suplentes electorales para los Regidores e intervención del Congreso para la Sindicatura. En Ahome, el delito no generó separación judicial. La diferencia entre los tres casos no es casualidad: a mayor gravedad del delito y mayor relación con el ejercicio del cargo, mayor es la intervención judicial y más urgente es la respuesta institucional del Cabildo.
- La violencia de género en el ámbito municipal es un problema que los Cabildos no pueden ignorar: Este caso no es el primero ni será el último. Los Ayuntamientos tienen la obligación de garantizar entornos libres de violencia tanto para la ciudadanía como al interior de sus propias estructuras. Un protocolo de actuación del Cabildo ante casos de violencia de género que involucren a sus propios integrantes no es una medida extraordinaria: es una obligación derivada de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. Un Cabildo que no tiene ese protocolo hoy, improvisa cuando el problema ya es público.
Fuentes: Noroeste, Línea Directa, Espacio Sinaloa Noticias, Los Noticieristas, Viva la Noticia — 25 de mayo de 2026.




